Hoy me complace recomendar una cita bibliográfica de primer nivel, imprescindible para todos aquellos profesionales implicados en la atención a pacientes con dolor lumbar. Se trata de un artículo de acceso libre sobre la nomenclatura en patología discal lumbar titulado "Lumbar disc nomenclature: version 2.0: Recommendations of the combined task forces of the North American Spine Society, the American Society of Spine Radiology and the American Society of Neuroradiology" publicado en noviembre de 2014 en The Spine Journal. Viene a ser la nueva versión del clásico de 2001 "Nomenclature and classification of lumbar disc pathology. Recommendations of the Combined task Forces of the North American Spine Society, American Society of Spine Radiology, and American Society of Neuroradiology". Esta nueva entrega de la saga mejora ligeramente la anterior y, aunque no propone grandes cambios respecto a la previa, incluye un detalle no carente de importancia. Se trata de un cambio en la definición de la frontera que separa el abombamiento discal de la hernia discal, antes fijado en el 50% de la circunferencia discal o 180º y tras esta publicación establecido en un más razonable 25% de la circunferencia discal o 90º. De modo que la cosa queda así, un desplazamiento de material discal que afecta más del 25% del disco se llamará abombamiento discal mientras que si afecta menos del 25% del disco se llamará hernia discal. Anteriormente cuando un desplazamiento de material discal afectaba entre el 25 y el 50 % de la circunferencia discal se clasificaba como hernia discal de base ancha, categoría que se transforma ahora en abombamiento discal. Cuando nos hayamos adaptado a este cambio habremos reducido ligeramente el número de hernias discales diagnosticadas y habremos aumentado el número de abombamientos discales. Pero pasará un tiempo hasta que se generalice la utilización de este nuevo criterio lo que puede generar transitoriamente cierta confusión. En cualquier caso merece la pena ir sustituyendo el viejo artículo de cabecera por este más actual.
29 ene 2017
Nomenclatura en patología discal lumbar
Hoy me complace recomendar una cita bibliográfica de primer nivel, imprescindible para todos aquellos profesionales implicados en la atención a pacientes con dolor lumbar. Se trata de un artículo de acceso libre sobre la nomenclatura en patología discal lumbar titulado "Lumbar disc nomenclature: version 2.0: Recommendations of the combined task forces of the North American Spine Society, the American Society of Spine Radiology and the American Society of Neuroradiology" publicado en noviembre de 2014 en The Spine Journal. Viene a ser la nueva versión del clásico de 2001 "Nomenclature and classification of lumbar disc pathology. Recommendations of the Combined task Forces of the North American Spine Society, American Society of Spine Radiology, and American Society of Neuroradiology". Esta nueva entrega de la saga mejora ligeramente la anterior y, aunque no propone grandes cambios respecto a la previa, incluye un detalle no carente de importancia. Se trata de un cambio en la definición de la frontera que separa el abombamiento discal de la hernia discal, antes fijado en el 50% de la circunferencia discal o 180º y tras esta publicación establecido en un más razonable 25% de la circunferencia discal o 90º. De modo que la cosa queda así, un desplazamiento de material discal que afecta más del 25% del disco se llamará abombamiento discal mientras que si afecta menos del 25% del disco se llamará hernia discal. Anteriormente cuando un desplazamiento de material discal afectaba entre el 25 y el 50 % de la circunferencia discal se clasificaba como hernia discal de base ancha, categoría que se transforma ahora en abombamiento discal. Cuando nos hayamos adaptado a este cambio habremos reducido ligeramente el número de hernias discales diagnosticadas y habremos aumentado el número de abombamientos discales. Pero pasará un tiempo hasta que se generalice la utilización de este nuevo criterio lo que puede generar transitoriamente cierta confusión. En cualquier caso merece la pena ir sustituyendo el viejo artículo de cabecera por este más actual.
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